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DESAHUCIO POR OCUPACIÓN ILEGAL
Especialistas en desahucio express por ocupación ilegal en toda España. Tres vías legales según tu caso. Inicio en 48 horas. Pago en 2 plazos.
⏱️ El tiempo juega EN TU CONTRA
En las primeras 48 horas desde la ocupación, la vía penal por flagrancia es la más rápida (días, no meses). Pasado ese plazo, hay que ir por civil express (441.1bis LEC) o precario. Cuanto antes nos llames, más opciones tienes.
Una segunda residencia que solo usabas en verano. Un piso vacío entre inquilinos. Una herencia sin habitar. Te llaman los vecinos: hay gente dentro y no tienen llave. La ley te protege, pero solo si actúas por la vía judicial correcta. La autotutela está prohibida.
Han cambiado la cerradura. Si fuerzas la entrada, cometes delito tú. Solo orden judicial te devuelve la posesión.
La compañía no corta el suministro a una vivienda habitada sin orden judicial. Tú sigues recibiendo facturas.
Fuera del plazo de flagrancia (48-72h), la policía suele decir que es vía civil. Sin orden judicial no desalojan.
Cada semana de okupación es deterioro, suministros impagados, comunidad enfadada y vecinos hartos.
No todas las okupaciones se desalojan igual. La vía que más rápido te devuelve tu vivienda depende del tiempo de ocupación, del tipo de inmueble y de si hay flagrancia. En la consulta gratuita te decimos cuál te conviene.
Procedimiento civil rápido introducido por la Ley 5/2024. Aplica si eres persona física, persona jurídica con vivienda social o entidad sin ánimo de lucro. La demanda solicita la inmediata entrega de la posesión y el juez puede acordarla en 15 días si los okupas no acreditan título.
Tiempo:
2–4 MESES
Mejor para:
Ocupación consumada, sin flagrancia, vivienda residencial
Juicio verbal especial para quien ocupa sin título y sin pagar nada. Más lento que el 441.1bis pero aplicable a cualquier tipo de inmueble (incluido local, plaza de garaje o segunda vivienda no residencial).
Tiempo:
5–9 MESES
Mejor para:
Locales, plazas de garaje, segundas viviendas, casos sin flagrancia
Si la okupación es reciente (flagrancia) o se ha entrado por la fuerza en vivienda habitada, denuncia penal. La policía puede desalojar sin esperar juicio. También aplica si hay daños o enganches eléctricos peligrosos.
Tiempo:
DÍAS / SEMANAS si flagrancia
Mejor para:
Okupación reciente (<48h), vivienda habitada, daños o coacciones
Mucha gente piensa que basta con denunciar en comisaría. Casi nunca es así. Te explicamos cuándo la denuncia penal funciona y cuándo solo te hace perder tiempo.
💡 En la mayoría de casos reales (ocupación de más de 48h en segunda vivienda), la vía civil 441.1bis es la única que funciona. Por eso es importante que un abogado especialista valore tu caso antes de denunciar — una denuncia mal planteada se archiva y pierdes semanas.
Plazos reales del desahucio express 441.1bis (vía más usada). Si tu caso va por penal o precario, los pasos varían — te los explicamos en la consulta gratuita.
💡 Plazos medios para 441.1bis en juzgados con carga normal. En zonas saturadas (Madrid, Barcelona centro) puede llegar a 6–8 meses. En la consulta te damos el plazo realista del juzgado concreto.
Estudiamos tu caso, valoramos qué vía conviene (express / precario / penal) y firmamos hoja de encargo digital. Pago del primer 50%.
Acta notarial constatando la ocupación, fotos, testimonios de vecinos. Verificamos catastro y registro. Prueba sólida para la demanda.
Demanda 441.1bis presentada vía LexNet pidiendo la inmediata entrega de la posesión. Acompañada de documentación de propiedad.
El juzgado requiere a los okupas que aporten título habilitante en 5 días. Si no lo hacen, el juez ordena la inmediata entrega.
Auto judicial fijando día y hora del lanzamiento. Se notifica a los okupas y a las fuerzas de seguridad.
Comisión judicial con cerrajero y policía. Te devuelven la posesión y las llaves. Pago del segundo 50%.
Trabajamos con un modelo de honorarios transparentes. Sabrás exactamente cuánto te va a costar recuperar tu vivienda desde la primera consulta, sin provisiones de fondos interminables ni costes que aparecen de la nada. Nosotros nos ocupamos de todo el trámite.
50% al firmar, 50% cuando recuperes tu vivienda. Compartimos el riesgo contigo.
Desde que firmas, en dos días empezamos. En okupación cada día cuenta.
Lunes a domingo. Si la okupación ocurre un sábado, no esperamos al lunes.
Selección de okupaciones que hemos desalojado por las tres vías legales.
MADRID EXPRESS 3 MESES
Segunda vivienda okupada durante 4 meses. Vía 441.1bis: demanda presentada, los okupas no aportan título, juez ordena entrega inmediata. Lanzamiento en 3 meses sin oposición.
VALENCIA PENAL 11 DÍAS
Vivienda habitual okupada mientras la familia estaba de viaje. Vecinos avisan a las 6 horas. Denuncia por allanamiento, policía constata flagrancia, desalojo en 11 días sin necesidad de procedimiento civil.
MÁLAGA CIVIL 7 MESES
Local comercial vacío okupado por un colectivo. No procede 441.1bis (no es vivienda residencial). Vía precario 250.1.4º: vista oral, sentencia estimatoria, lanzamiento. Recuperado tras 7 meses.
Si no tienes alguna, no te preocupes — te ayudamos a conseguirla.
Escritura de propiedad o nota simple del Registro
DNI del propietario
Fotos de la ocupación (puerta, interior si tienes acceso, exterior)
Fecha aproximada de la ocupación
Denuncia ya interpuesta (si la hay)
Testimonios o datos de contacto de vecinos
Recibos de IBI / suministros / comunidad pendientes
Pruebas de enganche ilegal a luz/agua (si las hubiera)
Las dudas que más nos preguntan los propietarios afectados.
NO. Es delito de coacciones (art. 172 CP). Aunque sea tu vivienda, una vez ocupada solo puedes desalojar por vía judicial. La autotutela está prohibida — y los okupas pueden denunciarte a ti.
Si la ocupación es flagrante (entrada reciente, vivienda habitada o con signos claros de uso) la policía SÍ puede desalojar sin orden judicial por delito de allanamiento (art. 202 CP). Pasadas 48–72 horas o si es segunda residencia, la policía suele derivarte a la vía civil. Por eso cuanto antes nos llames, más opciones tienes.
Es la Ley 5/2024 que modificó la LEC para introducir un procedimiento civil rápido: el desahucio express. Permite al propietario persona física pedir la entrega inmediata si los okupas no aportan título habilitante en 5 días. Es el procedimiento que más usamos.
Sí, pero la vía cambia. El 441.1bis se restringe a viviendas residenciales. Para locales, plazas de garaje o naves se va por precario (250.1.4º LEC), más lento pero igualmente efectivo. La vía penal sólo funciona si hay flagrancia o daños.
Desde febrero de 2026, el escudo social que permitía paralizar los lanzamientos indefinidamente ha sido derogado. El plazo máximo de suspensión por vulnerabilidad es de 2 meses, transcurridos los cuales el procedimiento se reanuda automáticamente.
En la mayoría de casos 441.1bis NO hay vista: si los okupas no aportan título en 5 días, el juez ordena la entrega directa. Si hay oposición formal, puede haber vista oral — y aunque la haya, te representamos nosotros.
Es delito de defraudación de fluido eléctrico (art. 255 CP). Te ayudamos a denunciarlo en paralelo al desahucio. Las compañías suelen cortar el servicio si presentas denuncia y orden judicial. Hasta entonces sigues recibiendo facturas.
Precio cerrado todo incluido, sin sorpresas. Pago en 2 plazos: 50% al firmar y 50% cuando recuperes la vivienda. El importe varía según la vía (express, precario o penal) y la complejidad. Te damos el precio exacto en la consulta gratuita.
DESAUZIA solo hace desahucios. Estos son los otros tipos.
El inquilino con contrato deja de pagar las cuotas mensuales.
El contrato terminó legítimamente pero el inquilino sigue dentro.
Alguien ocupa tu vivienda, garaje o local sin título legal.
Cómo funciona la oposición del inquilino y cuándo procede.
Consulta urgente gratuita y sin compromiso. Te respondemos hoy mismo, fines de semana incluidos.
Te llamamos en menos de 2 horas, lunes a domingo.

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© 2026 DESAUZIA. Adrián Rey Cachafeiro · Abogado colegiado nº 2902 I.C.A. León · C. del Torrejón, 6, Oficina 3, 24007 León · Seguro de Responsabilidad Civil
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