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DESAHUCIO POR PRECARIO
Especialistas en desahucio por precario (250.1.2 LEC) en toda España. Para vivienda cedida sin contrato, familiares que se quedan, ex parejas que no se van o cesiones que se rompieron. Inicio en 48 horas. Pago en 2 plazos.
No firmasteis contrato. No te paga renta. Pero tampoco son okupas — entraron con tu permiso. Es la situación más incómoda de todas: una decisión humana que se ha convertido en un problema legal. La buena noticia: la ley tiene un procedimiento específico para esto, y se llama desahucio por precario.
Hijo, hermano, sobrino, primo. Le dijiste "hasta que te recuperes". Han pasado 3 años. No paga, no se va, y la conversación es cada vez más tensa.
La vivienda es tuya (anterior a la relación o por herencia). La relación terminó. No hay matrimonio, no hay hijos comunes, no hay derecho de uso. Y sigue dentro.
A un amigo en apuros, a un conocido por favor, a un trabajador como parte del empleo. La cesión era temporal. El "temporal" ya no termina.
Uno de los herederos se instala "mientras se reparte". La partición no avanza. El resto no podéis vender ni alquilar.
El precario es la situación jurídica en la que alguien ocupa una vivienda con consentimiento inicial del propietario pero sin título contractual ni pago de renta. Cuando el propietario revoca ese consentimiento y el ocupante no se va, procede el juicio verbal de desahucio por precario del artículo 250.1.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Puedes acreditar la propiedad (escritura, nota simple) o la posesión legal (contrato de usufructo, mandato hereditario, contrato de cesión con un tercero). No hace falta ser dueño único: basta con tener mejor derecho que el ocupante.
El ocupante entró con tu permiso o el de un anterior titular. No forzó la entrada ni se metió a la fuerza. Esa cesión puede ser verbal, gratuita, sin papeles — pero existió. Si no, no es precario: es ocupación ilegal.
No firmasteis arrendamiento. No paga mensualidades. Si paga algo (luz, comunidad, una pequeña aportación) eso NO convierte la situación en arrendamiento, siempre que no se haya pactado como renta. Te ayudamos a documentarlo.
Las tres situaciones acaban con alguien viviendo en tu casa contra tu voluntad. Pero la ley las trata de forma muy distinta. Esta es la diferencia rápida.
💡 Confundir el procedimiento es perder meses. Si presentas una demanda de ocupación ilegal a un familiar al que dejaste pasar, el juzgado la archiva por inadecuación del procedimiento. Por eso en la consulta gratuita lo primero que hacemos es identificar la vía exacta de tu caso. (Si tu caso es por rentas, consulta nuestro servicio de impago de rentas).
Estos son los plazos reales del juicio verbal por precario en juzgados con carga normal.
Estudiamos la cesión, verificamos que es precario y no arrendamiento encubierto, identificamos al ocupante y firmamos hoja de encargo digital. Pago del primer 50%.
Carta certificada o burofax revocando el consentimiento y dando un plazo para abandonar la vivienda. En muchos casos el ocupante se va aquí sin llegar a juicio.
Si no hay salida voluntaria, demanda de juicio verbal por precario (250.1.2 LEC) presentada vía LexNet. Documentos: título de propiedad, acreditación de la cesión y de su revocación.
El juzgado admite la demanda y emplaza al ocupante a contestar en 10 días. Si no contesta, sentencia más rápida.
Vista en sala donde ambas partes exponen. El juez valora si concurren los requisitos del precario. Sentencia estimatoria en 1–4 semanas tras la vista.
Auto de lanzamiento, fecha y comisión judicial. Te devuelven la posesión. Pago del segundo 50%.
Plazos medios. Cuando hay relación familiar directa o conflicto emocional el proceso puede alargarse por incidencias. En la consulta te damos el plazo realista del juzgado concreto.
50% al firmar, 50% cuando recuperes tu vivienda. Compartimos el riesgo contigo.
Desde que firmas, en dos días empezamos con el requerimiento previo.
Muchos precarios son entre familiares. Lo gestionamos con sensibilidad: requerimiento previo siempre, mediación si la pides, y comunicación al ocupante en términos profesionales no agresivos.
Vivienda cedida a un sobrino tras separación de los padres. 4 años después seguía dentro, sin pagar nada. Burofax de revocación, demanda 250.1.2, sentencia estimatoria sin oposición. Lanzamiento en 5 meses.
Ex pareja del propietario seguía en la vivienda tras la ruptura. Sin matrimonio ni hijos comunes, no había derecho de uso. Vista oral con discusión sobre supuesta promesa verbal. Sentencia estimatoria. Recuperación en 7 meses.
Herencia con un coheredero ocupando la vivienda y bloqueando la partición. Requerimiento previo y demanda. El ocupante no contestó en plazo. Sentencia rápida y partición desbloqueada en 3 meses.
Si no tienes alguna, no te preocupes - te ayudamos a conseguirla.
Escritura de propiedad o nota simple del Registro
DNI del propietario (titular del inmueble)
Datos del ocupante (nombre y, si tienes, DNI)
Fecha aproximada en la que entró a la vivienda
Mensajes (WhatsApp, email, SMS) sobre la cesión o el fin de la misma
Burofax o carta certificada previa, si la has enviado
Recibos de IBI, comunidad y suministros (acreditando que asumes los gastos)
Testigos de la cesión (vecinos, familiares, amigos)
Las dudas que más nos preguntan los propietarios.
En el precario, el ocupante entró con tu permiso (cesión gratuita) y ahora no quiere irse. En la ocupación ilegal entraron sin tu permiso, normalmente forzando o aprovechando que la vivienda estaba vacía. El procedimiento es completamente distinto: precario va por juicio verbal 250.1.2 LEC; ocupación ilegal por el desahucio express 441.1bis o por vía penal.
Sí. La relación familiar no impide el desahucio por precario. Hijos mayores de edad, hermanos, sobrinos, primos, suegros, cuñados o ex parejas pueden ser desahuciados si no tienen título legal sobre la vivienda. La ley protege la propiedad por encima del vínculo familiar (salvo casos muy concretos como uso conyugal con hijos menores, donde aplica otra vía).
Que el ocupante asuma algún gasto (luz, agua, comunidad) o entregue una pequeña aportación no convierte la situación en arrendamiento mientras no se haya pactado como renta. Si la aportación es esporádica y no responde a una contraprestación pactada, sigue siendo precario. En la consulta valoramos los pagos concretos para confirmarlo.
No es obligatorio por ley, pero sí muy recomendable. El burofax acredita formalmente que has revocado el consentimiento y que diste un plazo razonable para salir. Refuerza la demanda y, en muchos casos, el ocupante se va al recibirlo sin necesidad de pleito.
Esa alegación es habitual. La carga de probarlo recae sobre el ocupante: tiene que acreditar el supuesto pacto. Las promesas verbales sin documentación rara vez prosperan en juicio. Aun así, en la consulta repasamos contigo qué dijisteis y cuándo para anticipar la defensa.
Sí. Cualquier coheredero puede ejercitar la acción de precario en defensa de la herencia (legitimación activa reconocida por el Tribunal Supremo). No necesitas el consentimiento del resto de coherederos para demandar al ocupante. Te lo explicamos con sentencia en mano en la consulta.
NO. Aunque sea tu vivienda, la autotutela está prohibida y puede ser delito de coacciones (art. 172 CP). Tienes que ir por la vía judicial. Cortar suministros pagados por ti es delicado y debe valorarse caso a caso - te asesoramos sobre qué sí puedes hacer y qué no.
Precio cerrado todo incluido, sin sorpresas. Pago en 2 plazos: 50% al firmar la hoja de encargo y 50% cuando recuperes la vivienda. El importe varía si hay oposición y vista oral o si la sentencia es directa. Te damos el precio exacto en la consulta gratuita.
DESAUZIA solo hace desahucios. Estos son los otros tipos.
El inquilino con contrato deja de pagar.
Okupas entraron sin tu permiso.
El contrato terminó pero el inquilino sigue dentro.
Recuperar las cantidades adeudadas.
Consulta gratuita y sin compromiso. Te respondemos hoy mismo, fines de semana incluidos.
Te llamamos en menos de 2 horas, lunes a domingo.

Abogados de desahucios
Toda España
© 2026 DESAUZIA. Adrián Rey Cachafeiro · Abogado colegiado nº 2902 I.C.A. León · C. del Torrejón, 6, Oficina 3, 24007 León · Seguro de Responsabilidad Civil
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